CARNÉ DE CONDUCIR
19 enero, 2013
¿ERES CIUDADANO COMUNITARIORESIDENTEEN ESPAÑA?
LOS RESIDENTES COMUNITARIOSEN ESPAÑA DURANTE AL MENOS DOS AÑOS DEBERÁN RENOVAR SU CARNÉ DE CONDUCIR PARA ADAPTARLO A LA NORMATIVA ESPAÑOLA
El pasado , 19 de enero de 2013, entró en vigor la Directiva Comunitaria 2006/126/CE, de aplicación en la Europa de los 27, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L 403/25 de 30 de diciembre de 2006, que obliga a los titulares comunitarios residentes en España desde hace más de dos años a renovar su carné en los períodos de vigencia establecidos para los conductores nacionales españoles, es decir, cada 10 años o cada 5 si el titular tiene más de 65 años.