IVA. Plazo para la solicitud de las cuotas de IVA soportadas en 2012 en otros países miembros de la UE
11 septiembre, 2013
Tras la modificaciones introducidas por la Directiva 2008/9/CE, de 12 de febrero de 2008, se estableció el nuevo sistema de devolución, que afecta exclusivamente a empresarios o profesionales establecidos en la comunidad, se basa en un sistema de ventanilla única, en el cual los solicitantes deberán presentar las solicitudes de devolución del IVA soportado en un Estado miembro distinto de aquel en el que estén establecidos.
Por ello, no se han de presentar las solicitudes de devolución del IVA soportado en las Administraciones de los demás Estados miembros, sino en la propia Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) por vía telemática, por lo que se hace imprescindible que los empresarios y profesionales estén dados de alta en el sistema de notificaciones electrónicas.
El plazo de presentación de la solicitud se inicia el día siguiente a un trimestre natural o año natural y concluye el 30 de septiembre siguiente al año natural en que se hayan soportado las cuotas. En este sentido, el plazo para presentar la solicitud de devolución de las cuotas de IVA soportadas durante el ejercicio 2012 terminará el próximo 30 de septiembre de 2013.
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